SI VOY A UN JUICIO DE TESTIGO CONTRA MI EMPRESA, ¿ME PUEDEN DESPEDIR POR ELLO?.

Muy buen@s!.

Huelga decir, que aunque el título ponga “contra mi empresa”, interpretaremos a aquellos trabajadores que son llamados ante la Justicia para oirles en declaración sobre hechos objeto de despido (por ejemplo) de un compañero suyo, siendo el testigo trabajador en activo aun de la misma.

Bien, hecha esta aclaración, ante esta pregunta, debemos acudir al derecho laboral de la GARANTIA DE INDEMNIDAD.

Y, ¿qué supone este derecho?. Debemos acudir al articulo 24 de nuestra Constitución Española.

En ella, se hace mención al derecho que tiene todo ciudadano a la Tutela Judicial Efectiva, que significa que los jueces y tribunales, tendrán que tutelar que éstos ejercitan la defensa de sus legitimos derechos e intereses con las máximas garantias procesales sin que en ningún caso, se produjese indefensión.

Y, en relación a este derecho, encontramos el derecho en ambito laboral de Garantia de Indemnidad, esto es, que en el ejercicio de una actividad judicial (juicios por ejemplo) o de sus actos preparatorios, NO PUEDEN DERIVARSE CONSECUENCIAS PERJUDICIALES para los protagonistas de estos actos, procedimientos, juicios.

Por tanto, cuando un trabajador de una empresa acude a la llamada de la justicia y acude como testigo, el empresario, no puede adoptar medidas INTENCIONALES de REPRESALIA contra el trabajador por acudir como testigo. Igualmente esto ocurre cuando un trabajador acuda al Juzgado, porque no le pagan y pone una demanda, o porque no le dan permisos estatuarios, o porque se considera acosado e inicia un procedimiento en contra de la empresa, etc.

Es decir, si un trabajador acude como testigo o en el ejercicio de sus derechos, el empresario no podrá despedirle sin justa causa y de manera intencionada despues de haber ejercitado la defensa de sus derechos o haber acudido al auxilio de la Administración de Justicia. Todo ello, en virtud de este principio.

En caso de producirse este tipo de “represalias” hay que acudir al juzgado para solicitar la TUTELA JUDICIAL DE DERECHOS FUNDAMENTALES.

Un ejemplo ilustrativo: Trabajadora que se siente discriminada por razón de sexo. Pone el procedimiento y la despiden. Bien, pues si el empresario no logra acreditar (tiene éste la carga de la prueba), que el despido no responde a este ejercicio de derechos por parte de la trabajadora, acudiríamos a este tipo de procedimiento y podría considerarse nulo en virtud de este principio e incluso con indemnización por daños y perjuicios en favor de esta trabajadora.

Como veis, si sois trabajadores, os interesaría conocer este derecho.

Como siempre nos ponemos a vuestra disposición para vuestras dudas o consultas en nuestra web www.guijarropique.com o a través de nuestro correo info@guijarropique.com

Muchas gracias