Acoso Laboral o Moobing

Esta mañana, al leer las noticias como de costumbre, nos hemos encontrado frente a un artículo referente al “trato vejatorio” en el ámbito laboral o Mobbing.

Este suceso en concreto, ha tenido lugar en los Informativos de Castilla-La Mancha TV. Sin embargo, desgraciadamente no se trata de un caso aislado de Mobbing Laboral. No son pocas las personas que día a día se incorporan a su puesto de trabajo sufriendo una auténtica angustia al hallarse en un entorno laboral en el que se encuentran aislados, y donde se sienten inseguros frente al resto de sus compañeros, como consecuencia del trato despreciativo y humillante que reciben por su parte.

Habitualmente, estas personas no llegan a emprender las acciones legales oportunas para acabar con el Mobbing Laboral, lo cual generalmente es debido a que se desconoce el carácter extremadamente relevante de dicha circunstancia, tanto para la vida profesional como para la propia vida personal, o bien porque simplemente no saben qué hacer ni a quién acudir en estas situaciones.

 

 


Acoso Laboral o Moobing

Por ello, teniendo en cuenta la experiencia de nuestro Despacho en estos asuntos, nos ha parecido interesante hacer una pequeña mención al acoso laboral, también conocido como mobbing, y las principales señales que nos desvelan su origen. Dentro de las mismas encontramos, entre otras, algunas como ser interrumpido constantemente a la hora de hablar o aportar ideas, recibir gritos, amenazas o provocaciones, así como críticas ofensivas tanto personales como profesionales, ser ignorado, que el trabajo realizado resulte infravalorado, no tener permitido participar en las reuniones o, incluso, en ocasiones llegan a darse casos en que los superiores delegan en los trabajadores tareas inusuales y poco relacionadas con la actividad habitual a fin de perturbarles.

Acoso laboral abogados especialistas Madrid plaza CastillaTodas estas actuaciones desencadenan graves depresiones en la víctima, sin olvidar además que nos encontramos ante una clara vulneración de algunos de nuestros Derechos Fundamentales, siendo principalmente en estos casos el Derecho a la integridad moral, regulado en el artículo 15 de nuestra Constitución.

Por su parte, para luchar contra estas situaciones, y que poco a poco se den cada vez menos estos supuestos, no parece suficiente con que las propias víctimas reúnan el valor suficiente para hacer frente a ello, sino que en lo que afecta a los empresarios, debe destacarse la importancia de fomentar un ambiente cómodo, y prevenir o detectar a la mayor brevedad posible los casos de mobbing, prestando toda la protección posible a sus respectivos empleados, no solo porque se trata de uno de sus deberes fundamentales como empresario, sino porque de esta manera también evitará encontrarse en tales tesituras, con trabajadores que son víctimas de Mobbing laboral.

Dicho todo lo anterior, no pretendiendo ser reiterativos, cabe señalar que hemos de concienciarnos de que todos somos mucho más eficientes en un entorno laboral sano, de manera que no debe tolerarse ningún trato impropio o inadecuado, aun cuando ello provenga del lugar trabajo.

Muchas Gracias

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