Archivo Denuncia Penal ARCHIVADA. Otro ÉXITO en Penal.

¡Muy buenas a tod@s!

Denuncia por impago de alimentos a un padre ARCHIVADA. Otro éxito en Penal.

Nos complace compartir con vosotros uno de los últimos éxitos de nuestro despacho en un asunto un tanto particular.

La cuestión referida trataba sobre una pareja marroquí divorciada en España, pero cuyo matrimonio fue celebrado en Marruecos. Sin embargo, tras la celebración del mismo decidieron venir a residir a España con sus hijos en común, donde pusieron fin a su relación conyugal por voluntad de nuestro cliente.

En dicha demanda de divorcio, nuestro cliente mostró plenamente su indiscutible buena fe al manifestar en su propio escrito inicial su intención de abonar una cantidad importante en concepto de pensión de alimentos para sus hijos, todo lo cual llegó a su fin con una Sentencia donde regulaban dichos términos.

Pues bien, como muchos conoceréis, a diferencia de lo que ocurre en España, en Marruecos no se produce el “divorcio”.

Sin embargo, si cabe la posibilidad de separarse y reclamar por parte de la madre al padre el pago de una cantidad en concepto de pensión de alimentos para sus hijos.

Es de ello de lo que se aprovechó nuestra contraria, al demandar a nuestro cliente en Marruecos por dicho concepto, pese a existir un procedimiento similar en España, de tal modo que nuestro cliente se vio envuelto en la tesitura de tener una duplicidad de sentencias condenatorias sobre lo mismo, vulnerando el consagrado principio penal en España de “non bis in ídem”.

Esta situación dio lugar a que, como es evidente, solo podía afrontar el cumplimiento de una u otra Sentencia, ya que no disponía de capacidad económica suficiente para sufragar ambos pagos.

Con ello, la ex pareja de nuestro patrocinado venía denunciando en cada uno de los países en función de cual dejara de cumplir. Finalmente, y tras ser denunciado penalmente por impago de alimentos, hemos conseguido que no le condenaran y archivaran la causa, pese a la suma dificultad que tenía hacer ver la existencia de dicha duplicidad y la importancia de ello para nuestro patrocinado, ya que como es lógico, cada Juzgado atiende a la ley de su país independientemente de los demás salvo acuerdo en contrario.

Esperamos que os haya servido de interés y ayuda nuestro artículo.

Por supuesto, para cualquier duda o consulta sobre este tema, no dudéis con contactar con nosotros y os daremos cita para atenderos personalmente.

Muchas gracias

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